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24 DE OCTUBRE DE 2008
Permiten que lesbiana disfrute permiso de "paternidad"
El hecho se dio luego de que la Seguridad Social en Madrid negara este derecho a una mujer lesbiana, cuya esposa había dado a luz a un niño. El sindicato de trabajadores animó al colectivo gay a que exija sus peticiones y denuncien anomalías.

Redacción Anodis

(Europa Press).- El juez de lo social del Juzgado número 30 de Madrid, José Ángel Folguera, permitió a una mujer lesbiana disfrutar de los 13 días de permiso de paternidad por adopción previstos por la ley, después de que la Seguridad Social se negara a abonarle la prestación “porque no había demostrado el disfrute del permiso”, informó la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO), cuyos servicios jurídicos plantearon la demanda a instancias de la afectada.

La demandante, Carmen Díaz, contrajo matrimonio en 2006 con su esposa, que dio a luz en febrero de 2007 a un hijo que fue adoptado por Carmen. Ésta solicitó el 18 octubre de 2007 prestaciones de paternidad por adopción, para lo que presentó el certificado de empresa de 15 de octubre de 2007 con las bases de cotización aplicables, pero la Seguridad Social denegó las prestaciones “por no encontrarse en ninguna de las situaciones protegidas (...) por no haber ejercido el derecho a la suspensión del contrato de acuerdo con lo previsto en el artículo 48 ET o inmediatamente después de la finalización”.

Carmen interpuso una reclamación previa con una carta dirigida a la empresa el 7 de febrero de 2008 solicitando la suspensión por trece días por paternidad, ya que es la condición que le exigía la entidad gestora de la Seguridad Social, vinculando el derecho ante la empresa al reconocimiento del derecho a la prestación por paternidad.

El juez razonó en la sentencia que es legítimo no disfrutar del permiso si a la demandante no le constaba que se lo fueran a abonar. “La trabajadora no tiene por que suspender su prestación y su salario a expensas de que finalmente se le reconozca o no la prestación sustitutiva del salario perdido (...) al menos mientras mientras desde la Entidad Gestora se niegue con reiteración cualquier solicitud que no vaya unidad materialmente al disfrute de la suspensión y al hecho causante”, expone la sentencia.

Además, según CC.OO., se trata de un requisito que “no se exige en ningún caso” a los hombres que lo solicitan, ya que generalmente se reconoce primero el derecho y se disfruta el permiso después.

El sindicato lamentó que se den estas situaciones de “discriminación” y por ello consideró muy importante esta sentencia, ya que “anima” a las parejas de gays y lesbianas a que soliciten el correspondiente permiso de paternidad al que tienen derecho y a denunciar si se encuentran con que la Administración “les plantea condiciones o requisitos que no se dan cuando se trata de parejas heterosexuales”.

CC.OO. exigió además a la Administración que aplique la igualdad en todos los aspectos administrativos "sin buscar recovecos para eludir su obligación".

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Mujeres lesbianas, en pleno derecho de tener hijos.

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